Las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario

En el siglo XIX se establecieron las primeras normas del Derecho Internacional Humanitario, reflejadas en las Convenciones de Ginebra; cuyo objetivo es evitar o limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados.

Jean Henri Dunant creó en 1863 el Comité Internacional de la Cruz Roja, con el objetivo de proteger la vida y la dignidad de las víctimas de la guerra; así como de prestarles asistencia.

En 1864, se firmó la Primera Convención de Ginebra, para regular la asistencia a los militares heridos durante los conflictos bélicos. Posteriormente, se firmaron sucesivamente la Segunda, Tercera y Cuarta Convención de Ginebra en 1906, 1929 y 1949.

Derecho Internacional Humanitario

¿Qué es el Derecho Internacional Humanitario?

El Derecho Internacional Humanitarioes un conjunto de normas que, por razones humanitarias, limita los efectos de los conflictos armados; y protege a la población civil.

También conocido como “derecho de la guerra” y “derecho de los conflictos armados”, el Derecho Internacional Humanitario regula las relaciones entre los Estados. Está integrado por acuerdos firmados –tratados o convenios–; por el derecho consuetudinario internacional que se reconocen como obligatoria y por los principios generales del derecho.

Para su cumplimiento, el derecho internacional humanitario se aplica en situaciones de conflicto armado; y está regulada por una sección importante de la Carta de las Naciones Unidas.

El origen del derecho Internacional Humanitario

El Derecho Internacional Humanitario se se origina a partir de las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones.

Históricamente, la guerra siempre ha estado sujeta a las leyes y costumbres. El Derecho Internacional Humanitario a nivel universal se comenzó a codificar en el siglo XIX. Desde de entonces, los Estados aceptaron un conjunto de normas basadas en la experiencia de la guerra moderna.

Estas mantienen un cuidadoso equilibrio entre los acondicionamientos de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados. De esta forma se establecieron las primeras normas del Derecho Internacional Humanitario.

En la actualidad, el Derecho Internacional Humanitario puede considerarse como un derecho verdaderamente universal.

Las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario
Firma de los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra, en 1977.

Los Convenios de Ginebra

La codificación contemporánea de las normas del Derecho Internacional Humanitario se concretó a través de los Convenios de Ginebra de 1949; tras culminar la Segunda Guerra Mundial.

En ocasión de conmemorarse 70 años de aquél hito histórico, se establecen las primeras normas que imponen ciertos criterios de humanidad al desarrollo de las guerras.

Históricamente, la guerra fue una institución aceptada en las relaciones internacionales como forma de resolución de las diferencias entre los pueblos y los Estados.

En ese contexto, distintas civilizaciones han contado con leyes y costumbres que se han centrado en regular la actividad bélica. Esto en función de la protección de las personas ante los sufrimientos innecesarios causados por los conflictos armados.

El desarrollo contemporáneo del derecho humanitario se remonta a mediados del siglo XIX, al establecerse las primeras formas de codificación de las “leyes de la guerra”. Posterior a la Segunda Guerra Mundial, se establecieron disposiciones que buscan limitar el uso de la fuerza armada en un conflicto armado.

Convenios de Ginebra
Diecisiete Estados miembros de la ONU firmaron los protocolos para enmendar los Convenios de Ginebra de 1921, 1923 y 1933 como paso previo a la redacción y adopción de los Convenios de 1949.

La guerra y las normas humanitarias

La guerra, a lo largo de la historia, ha sido una institución admitida en las relaciones internacionales; y el panorama normativo se modificó en el curso del siglo XX.

En efecto, la regulación de la actividad bélica en el Derecho Internacional Público ha sufrido cambios significativos: el ius in bello (derecho en la guerra) y el ius ad bellum (derecho a hacer la guerra) fueron las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario.

En tal sentido, la Carta de las Naciones Unidas, vigente desde 1945, consagró la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza por parte de los Estados.

Por tanto, el recurso a la guerra pasa a ser un acto ilícito, contrario al derecho internacional, excepto en los casos de legítima defensa (individual o colectiva); y de uso colectivo de la fuerza decidido por las Naciones Unidas.

Evolución contemporánea: convenios multilaterales del Derecho Internacional Humanitario

En la evolución contemporánea del Derecho Internacional Humanitario, el activista suizo Henri Dunant creó una nueva organización humanitaria: el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR).

El CICR promueve la adopción de un Convenio internacional para la protección a los heridos en los ejércitos de campaña; aprobado en una Conferencia convocada por el gobierno de Suiza.

Jean Henri Dunant

Este Convenio de Ginebra de 1864 sentó la base del Derecho Internacional Humanitario contemporáneo; y establece, por primera vez, reglas multilaterales aplicables a todos los conflictos entre los Estados que lo suscriban.

Lo que constituyó el origen de una de las dos ramas clásicas del Derecho Internacional Humanitario, conocida como Derecho de Ginebra.

El Derecho de Ginebra se enfocó a proteger a los militares fuera de combate (heridos, enfermos, náufragos) y a la población civil.

De hecho, su nombre oficial era “Convenio para el mejoramiento de las condiciones de los militares heridos en los ejércitos de campaña”; aprobado por los Estados y las principales potencias de la época. Las normas de ese primer Convenio fueron revisadas y desarrolladas en las conferencias de 1906 y 1929.

En paralelo se desarrolló el Derecho de La Haya que surgió como resultado de las Conferencias de Paz de 1899 y 1907, con la participación de más de 40 Estados.

Sus normas se centraban en los derechos y obligaciones de los beligerantes en la conducción de las operaciones bélicas; y limitan los medios y métodos para hacer la guerra, en base a criterios humanitarios.

En definitiva, sus reglas esenciales apuntaban a lograr que las hostilidades sólo se dirijan contra combatientes y objetivos militares; así como, prohibir medios y métodos que causen daño y sufrimiento innecesario a la población civil.

Comité Internacional de la Cruz Roja
Comité Internacional de la Cruz Roja

El marco jurídico del Derecho Internacional Humanitario tras la Segunda Guerra Mundial

Tras finalizar la Segunda Guerra Mundial se reunió en Ginebra una Conferencia Diplomática.

Esta conferencia dio un impulso unánime de los Estados para realizar un nuevo desarrollo del Derecho Internacional Humanitario.

Como resultado, se aprobaron los cuatro Convenios que constituyen la base jurídica del actual Derecho Internacional Humanitario; conocidos como Convenios de Ginebra de 1949.

En tres de los Convenios de 1949 se revisaron acuerdos previos en materia de heridos y enfermos, la adaptación de las regulaciones a la guerra marítima y en relación a los prisioneros de guerra.

El cuarto convenio incorpora nuevas reglas en materia de la protección de las personas civiles.

Finalmente, los Convenios de Ginebra incluyen artículos comunes de gran relevancia en los que se estipula la aplicación en un conflicto internacional; donde no hay declaración formal de guerra y se contemplan normas para conflictos armados no internacionales.

También se suscribieron dos Protocolos Adicionales que se firmaron en 1977: el Protocolo I que complementa las disposiciones relativas al resguardo de la población civil en situación de guerra; y el Protocolo II que desarrolló las normas básicas que se aplican a los conflictos armados no internacionales.

Las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario

Nuevas disposiciones legales del Derecho Internacional Humanitario

A este cuerpo normativo central del Derecho Internacional Humanitario se suman otras convenciones específicas, adoptadas a partir de mediados del siglo pasado. Éstas establecen disposiciones para dar protección a bienes civiles y culturales; así como al medio ambiente, frente a daños o modificaciones intencionales en un conflicto armado.

Asimismo, se han realizado avances en relación a la prohibición de ciertos tipos de armas, como las químicas, las biológicas o convencionales excesivamente nocivas; o con efectos indiscriminados como las “municiones de racimo” o las minas antipersonales.

Por su parte, en materia de protección de las personas en caso de guerra, se destaca: el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (2000); la creación de una jurisdicción internacional para juzgar los crímenes de guerra, la Corte Penal Internacional, a través del Estatuto de Roma (1998).

Ley sobre el Derecho Internacional Humanitario

Vigencia y desafíos actuales del Derecho Internacional Humanitario

El Derecho Internacional Humanitario no tiene por objeto evitar o impedir la incidencia de los conflictos armados.

Sin embargo, la naturaleza que han adquirido los conflictos armados contemporáneos plantea nuevos desafíos a la aplicabilidad de las normas humanitarias.

En ese sentido, el CICR y las Naciones Unidas, entre otras organizaciones, han venido realizando una labor de reflexión y difusión consistente. Esto con el objetivo de identificar esos retos para asegurar el respeto al Derecho Internacional Humanitario; y la protección de la vida de las personas en las situaciones de conflicto armado.

En base a esos estudios y análisis se pueden señalar, algunos ámbitos en que los principios humanitarios y la tarea de humanizar la guerra se encuentran ante nuevos desafíos:

  1. La creciente complejidad de los conflictos armados contemporáneos, debido a la multitud de partes que intervienen; y las relaciones de conflictos que se establecen entre ellas.
  2. La proliferación de operaciones militares extraterritoriales que han llevado a nuevas formas de presencia militar en el territorio de un Estado.
  3. El desarrollo de nuevos medios y métodos bélicos, asociados a la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la robótica; donde cada vez, es más frecuente el uso de sistemas de control de armas a distancia o las acciones bélicas en el ciberespacio.
  4. El surgimiento de numerosos grupos armados no estatales que recurren a actos de terrorismo; lo que ha generado un incremento de las medidas y disposiciones antiterroristas de parte de los Estados.
  5. La efectiva incorporación de una perspectiva de género en el Derecho Internacional Humanitario. Esto es con el objetivo de atender vulnerabilidad que enfrentan mujeres y niñas en situaciones de conflicto armado; lo que las convierte en sus principales víctimas.

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