El Derecho en la Edad Media

El Derecho en la Edad Media

El derecho como tal data de épocas muy antiguas y han sido muchos los eruditos que han contribuido en gran medida en distintas leyes que se mantienen en la actualidad.

Así que el derecho ha tenido un rol fundamental en diversas épocas de la humanidad. Por ello en esta entrega abordaremos lo relacionado al Derecho en la Edad Media.

Como cultura general es recomendable saber acerca de temas del derecho, pero si eres de los que están pensando en elegir la carrera de Derecho de seguro te va a interesar este artículo.

También si eres de los profesionales del área no está de más refrescar los conocimientos.

El Derecho en la edad media
El Derecho en la edad media

Conceptos de Derecho y de la Edad Media

Para entender un poco mejor la dinámica del Derecho en la edad media debemos tener claro los conceptos.

Así que comenzamos con la definición de Derecho, Al respecto Kelsen menciona lo siguiente:

«el derecho es una ordenación normativa del comportamiento humano, es un sistema de normas que regulan el comportamiento»

 

Concepto de la Edad Media

“La Edad Media o Medievo es el período histórico de la civilización occidental comprendido entre el siglo V y el XV. Su inicio se sitúa en el año 476, el año de la caída del Imperio romano de Occidente, y su final en 1492, año en el que Colón llegó a América. Esta es la división temporal más extendida, pero también se fecha como año final de la Edad Media 1453”

Concepto de Derecho en la edad media

San Agustín (354-430 d.C.)

“En el vasto espacio de tiempo que llamamos Edad Media, no existía una teoría independiente sobre la idea de justicia, que no se identificara con los preceptos divinos transmitidos por la biblia y por las demás fuentes de la doctrina eclesiástica”

Ya teniendo claro ambos conceptos se nos hará más fácil entender lo que es el Derecho en la edad media

La Edad Media

La Edad Media,  medioevo o época medieval como también se le conoce es la etapa entre las civilizaciones de Grecia, Roma y la civilización de la Europa Moderna.

La Edad Media comprendió un lapso comprendido entre el siglo V hasta el siglo XV de la era cristiana.

Esta es la razón de ser del nombre de esta época de la historia universal. Por ello se le llama la “Edad Media”.

Pues, estaba en el medio de esas dos civilizaciones. La Edad Media comenzó en el Siglo V hasta la dispersión del Imperio Romano de Occidente cuando se originó la caída de Constantinopla en el Siglo XV.

La edad media se divide en dos grandes etapas: la Edad Media Alta y La Edad Media Baja.

La edad media alta va desde la formación de los reinos germánicos hasta la consolidación del feudalismo (siglos IX y XII).

Mientras que la Edad Media Baja hasta el siglo XV que se determinó por el desarrollo de las metrópolis, la expansión geográfica y la prosperidad del comercio.

Todo el progreso de la Edad Media se basa en tres elementos importantes:

  1. La representación de la antigüedad greco-latina
  2. La contribución de los pueblos germánico que invadieron todas las tierras
  3. Por último, la religión cristiana.

Derecho en la edad media

Es sumamente interesante ver a dinámica de las culturas y sus puntos de vista. Así que en la edad media los germanos nómadas llegaron con su propio Derecho.

Esto ocasiono ciertos conflictos ya que los romanos contaban con sus propias leyes y toda una civilización instituida.

Para dar una solución viable a esta situación se procedió a crear un sistema personal de Derecho. Este nuevo sistema dictaminaba que cada pueblo contará con su propia ley.

De esta manera no chocaban y debían respetar las leyes de cada pueblo con el fin de lograr la armonía y la buena convivencia.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto se formaron dos nuevas culturas que crecieron análogas en un mismo tiempo y lugar.

Sin duda alguna fue una situación muy singular lo que ocurrió con el Derecho en la edad media

Leyes germanas en la edad media – El Derecho en la edad media

Para tener una sociedad organizada hacen falta leyes que dispongan lo relacionado al comportamiento humano y otros aspectos importantes. Es por ello que los reyes bárbaros se consagraron a escribir las leyes germanas.

A continuación, mencionamos las leyes germanas creadas en la Edad Media:

  • Lex Barbarorum
  • Lex Visigotorum (Código de Eurico)
  • Ley Lombarda
  • Por último, Lex Alamanorum (Ley de los Alamanes)

A su vez se fueron compilando las leyes romanas entre las cuales el más célebre fue el Código de Alarico el cual presidió en muchas partes de Europa.

Debido a esta dinámica de convivencia de paralelismo de leyes se debió hacer un Sistema denominado Professio Juris.

El Professio Juris tenía la facultad de que las personas decidieran bajo cual ley se iban a regir y era obligatorio en la Edad Media.

En la práctica de la justicia le correspondía al Juez. Este era quien debía consultar los textos Romanos o las costumbres de los pueblos Germánicos, según a cuál correspondiera.

Otro elemento que se debía tomar en cuenta es que el juez debía de consultar las disposiciones o preceptos de los reyes bárbaros.

El Derecho en la edad media tuvo la singularidad de paralelismo de leyes lo que implica que los jueces debían tener conocimiento de todas las leyes tanto las romanas como las germánicas.

Este sistema permaneció hasta la institución del régimen feudal en Europa.

Lex Alamanorum o Leyes de los Alemanes
Lex Alamanorum o Leyes de los Alemanes

El sistema feudal

El Sistema deuda o feudalismo se establecía en un sistema de Vasallaje y Feudo. Esto también es entendido como una relación jurídico-política por un lado y como una relación económica-social.

Los sistemas feudales consistían en que el rey concedía feudos a sus súbditos, en este caso nobles.

Al ir tomando fuerza los paises de Europa reconocen al Rey como señor y autoridad superior, no obstante, este tenía poderes restringidos.

Los principales jefes del ejército del Rey eran sus delegados, quienes habían ido conquistando las primordiales zonas del país. Además, el Rey dejaba su autoridad en manos de estos delegados en esos territorios.

A estas personas de confianza para el rey eran los que llegaban a ser propietario y tenía la facultad de defender ese derecho porque contaban con armas para defenderse en un momento determinado.

Según los territorios a estos hombres se llamaban Conde, Duque o Marques, siendo estos títulos nobles decretados por el Rey.

El resto de la población precisaban de ellos para que los resguardara y el Rey siempre los requería para que ejercieran soberanía en su nombre.

Este lugarteniente o delegado en un comienzo se le asignaba ese cargo de modo temporal. Posteriormente, adquirió un derecho permanente y luego sus descendientes eran los únicos que adquirían el cargo.

 

El Código Justiniano

Con la aparición de Las Cruzadas se propaga por toda Europa el Código Justiniano que con supremacía legal contribuyo en gran medida a finalizar la anarquía legal que presidía en Europa.

Surge un interés por el Derecho y aparecen las primeras escuelas de legislación y en Boloña surge la escuela de los “glosadores”. Estos glosadores eran juristas dedicados a interpretar el Código Justiniano.

Los “post-glosadores” fueron los que extendieron los alcances del Código. Esta corriente estimula el estudio del Derecho en todo ese continente divulgándose el código por todos los países.

A todo este florecimiento del derecho se le conoce como “Recepción del Derecho Romano” y su dominio es concluyente en la conformación del derecho de las naciones.

Finalmente, el Derecho en la edad media es singular ya que las autoridades debían conocer lo suficiente acerca del derecho romano y germánico.

 

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