Beccaria: Tratado de los delitos y las penas | Gustavo Mirabal

Beccaria: Tratado de los delitos y las penas | Gustavo Mirabal

El derecho abarca muchas ramas de la vida del hombre, su nombre insta a la corrección de algo que debe mejorarse y al otorgamiento de “poder o libertad” al ciudadano.

Bajo esta premisa nos encontramos con el ensayo del italiano Cesare Beccaria

Quien en su obra Dei delitti e delle pene, De los delitos y las penas, hizo mención de elementos fundamentales dentro del sistema de justicia.

Los cuales se encuentran vigentes en pleno 2021 y se catalogan como derechos humanos.

De manera que estaremos analizando en este artículo de qué va el ensayo de Beccaria y cuáles son esas connotaciones que se mantienen vivas, latentes y vigentes hasta el día de hoy.

Para comenzar el ensayo de este jurista, filósofo y economista italiano está considerado como uno de los libros más influyentes en la reforma del derecho penal europeo de inspiración ilustrada y penología.

Su obra publicada en 1764 sigue dando de qué hablar hasta el sol de hoy y se considera un texto revolucionario para su época.

Sin embargo, aunque fue publicado de manera discreta, pronto se hizo famoso y por toda Europa se conoció lo allí expresado, además del pensamiento humanista de Beccaria.

Beccaria: Tratado de los delitos y las penas

Beccaria: Tratado de los delitos y las penas | Gustavo Mirabal

A modo de una breve biografía, tenemos que este hombre formó parte del círculo de los hermanos Pietro y Alessandro Verri, colaboró con la revista El Café y contribuyó a fundar la Academia de los Puños (Accademia dei Pugni).

Estimulado por Alessandro Verri, protector de los encarcelados, se interesó por la situación de la justicia.

Sus influencias principales fueron de John LockeMontesquieuClaude-Adrien Helvétius y Étienne Bonnot de Condillac.

Antes de su gran obra Tratado de los delitos y las penas, Beccaria escribió sobre economía.

Tras su gran éxito mediante el referido ensayo su nombre se reconoció en toda Francia y el resto del continente.

Sus planteamientos mostraban lo anclados al pasado de sus legislaciones y la necesidad de tomar en cuenta más la vida, el respeto y la dignidad, sin pasar por alto la ofensa, el delito, etc.

Es decir, Beccaria no proponía la abolición del castigo sino más bien una verdadera justicia según la falta pero respetando a la persona implicada.

Tras esto su ejemplo de lucha y percepción de la justicia de la época es una referencia obligada cuando se habla del derecho penal

Planteamientos de Beccaria en su ensayo

Tratar a quienes cometieron delitos como personas, como seres humanos, más que como objetos o cualquier otra cosa, era algo que soñaba este jurista.

Quien además de conocer muy bien el sistema de justicia tenía gran conciencia acerca de que a pesar de los errores la persona merecía un trato digno y una condena digna de su error.

La sociedad perfecta no existe, pero bajo el pensamiento de Beccaria sí puede haber una sociedad donde la justicia sea seria y trate con firmeza al delincuente.

Así como imponga castigos que vayan acorde con lo que hizo en vez de ser flexible o exageradamente dura. Dos extremos que no pueden permitirse, a juicio de este economista, filósofo y literato italiano.

Para la época de Cesare Beccaria quienes debían enfrentar la justicia se sometían a castigos crueles y tratos inhumanos que si bien se los buscaban por cometer fechorías esa no era la forma en que debían ser tratados.

La sociedad tiene derecho a defenderse

Con el pretexto de que la sociedad tiene derecho a defenderse Beccaria llamó la atención por su forma de pensar.

La cual tiene sus raíces en la teoría contractualista, que funda sustancialmente la sociedad sobre un contrato encaminado a salvaguardar los derechos de los individuos, garantizando el orden.

En este sentido, Beccaría definió los delitos como violaciones de este contrato.

Y sostiene que la sociedad en conjunto goza por tanto del derecho a defenderse, el cual se debe ejercitar con medidas proporcionales a los delitos cometidos (principio de la proporcionalidad de la pena); en un segundo principio se establecería que ningún hombre puede disponer de la vida de otro. 

¿Qué es el contractualismo?

El contractualismo es una corriente moderna de filosofía política y del derecho, que explica el origen de la sociedad y del Estado como un contrato original entre humanos, por el cual se acepta una limitación de las libertades a cambio de leyes que garanticen la perpetuación y ciertas ventajas del cuerpo social.

Clases de contractualismo

El contractualismo examina la naturaleza, el origen y la justificación del poder político.

El contractualismo contemporáneo, se interesa fundamentalmente por los principios lógicos e ideológicos que fundamentan el contrato político, es decir, por los procedimientos de decisión y las condiciones en que tiene lugar el pacto.

La realidad cruda de la Europa de Beccaria lo llevó a escribir este ensayo

Si bien como jurista pudo hacerse de la vista gorda y aplaudir todos los baches del sistema Cesare Beccaria hizo algo que dejó una huella mundial.

Para ese momento la realidad era muy cruda, más que como la describe el propio Beccaria en su Tratado de los delitos y las penas.

Aún así desafió todo pronóstico y no se amilanó ante lo que ello pudiera significar.

Ideas plasmadas en el ensayo sobre el tratado de los delitos y las penas

El deseo del hombre por subyugar al otro no era algo en la mente de Beccaria, al contrario, su idea pasaba por el hecho de ser más justo y no cruel.

Se paseaba por el respeto de los derechos humanos así como la Ley misma sin menoscabar la importancia del castigo para quienes infringieran las normas.

Asimismo plantea que las penas deben ser iguales para todos sin importar la clase social de la que se provenga.

Este jurista y filósofo ostentó en su ensayo que el poder legislativo y el judicial deben estar separados.

Acotó que la pena y el delito deben estar tan próximos en el tiempo como sea posible, para que aquella cumpla su fin. Es decir, beben fijarse plazos mínimos (aunque suficientes) para la presentación de pruebas, el juicio y la aplicación de la pena.

No a los castigos inhumanos

Más allá del delito cometido Beccaria plantea que no se pueden mezclar las emociones con las decisiones, ni disfrazar el maltrato con el castigo.

Aquí otras ideas sobre su planteamiento de 1764:

  • No es en ningún caso la voluntad del juez, sino las leyes, lo que puede dictar las penas.
  • En las leyes deben estar fijadas de manera minuciosa y comprensible las normas de convivencia. Cualquier persona debe poder saber de antemano si sus actos son constitutivos de delito o no, y cuáles son exactamente las consecuencias de los mismos.
  • Las penas deben ser tan leves y humanas como sea posible mientras sirvan a su propósito, que no es causar daño, sino impedir al delincuente la comisión de nuevos delitos y disuadir a los demás ciudadanos de hacerlo. (El ensayo es un alegato contra las penas de tormento o la pena de muerte, muy comunes por aquel entonces, que Beccaria considera inútiles y perniciosas).
  • Lo que más disuade a los ciudadanos de violar la ley no es la exagerada gravedad de la pena, sino la inexorabilidad de la justicia. No se debe aplicar castigos inhumanos, sino aplicar castigos relativamente leves pero con toda seguridad.
  • La tortura aplicada al reo para que confiese y/o delate a sus cómplices debe abolirse, porque beneficia al culpable fuerte y perjudica al inocente débil.
  • Las penas deben ser proporcionales a la gravedad de los delitos. Si todas las penas son igual de rigurosas, el delincuente cometerá siempre el delito mayor.
  • La única medida válida de la gravedad de un delito es el grado de daño que causa a la sociedad.
  • La interpretación de la ley no corresponde al juez, sino al legislador.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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